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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224980
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 486

CONCEPTOS DE VIOLACION INATENDIBLES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 486

Precedentes

Amparo directo 2546/90. Instituto Mexicano del Seguro Social. 12 de junio de 1990. Mayoría de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira. Disidente: María del Rosario Mota Cienfuegos.
Registro digital (IUS): 224980