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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 505
DEFENSOR. DESIGNACION DEL DE OFICIO EN SEGUNDA INSTANCIA. CUANDO EL PROCESADO NOMBRO UNO PARTICULAR. ES VIOLATORIO DE GARANTIAS Y DE LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 505
De acuerdo a lo que establece el artículo 278 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de Puebla, el tribunal debe nombrar defensor de oficio al apelante, únicamente cuando éste no hubiere designado persona que lo patrocine en la segunda instancia; por lo que es obvio que la Sala responsable infringe dicho precepto al ordenar que la defensa del hoy quejoso corra a cargo del defensor de oficio, adscrito al Tribunal Superior de Justicia del Estado, sin acordar la designación de los defensores particulares hecha por el sentenciado, pues con ello viola el procedimiento, afectando las defensas del peticionario de garantías, de conformidad con el artículo 160, fracción II, de la Ley de Amparo, al privarlo del derecho que le concede el citado precepto de la ley adjetiva penal y la fracción IX del artículo 20 de la Constitución Federal, de ser oído en defensa por persona de su confianza.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 285/89. Guillermina Jiménez viuda de Ledo. 11 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Brito Velázquez. Secretario: José Manuel Torres Pérez.
Amparo directo 268/88. José Contreras Ramírez. 30 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera.