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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225034
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 516

DIVORCIO, APRECIACION DE LA PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 516

Precedentes

Amparo directo 353/88. Guadalupe Hernández Díaz. 26 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Brito Velázquez. Secretario: E. Gustavo Núñez Rivera. Nota: Se reitera variando el texto la tesis relacionada con la Jurisprudencia número 308, publicada en las páginas 873 y 874 de la Cuarta Parte del último Apéndice al Semanario Judicial de la Federación.
Registro digital (IUS): 225034