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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225036
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 517

DIVORCIO. EFECTOS DEL ALLANAMIENTO PARCIAL DE LA DEMANDA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 517

Precedentes

Amparo directo 1582/90. Alma Peralta Di'Gregorio. 28 de junio de 1990. Mayoría de votos de los magistrados José Joaquín Herrera Zamora y Víctor Manuel Islas Domínguez, en contra del voto del magistrado Martín Antonio Ríos. Ponente: José Joaquín Herrera Zamora. Secretario: Gonzalo Hernández Cervantes.
Registro digital (IUS): 225036