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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225039
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 519

DIVORCIO, LA CAUSAL DE ABANDONO POR MAS DE SEIS MESES QUE DA ORIGEN A LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL, NO PRODUCE LA CESACION DE LOS DERECHOS DE DOMINIO DE LOS BIENES COMUNES DEL CONYUGE ABANDONANTE, QUE SEAN ANTERIORES AL ABANDONO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 519

Precedentes

Amparo directo 1853/90. Concepción Sánchez González. 7 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Guillermo Campos Osorio.
Registro digital (IUS): 225039