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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225060
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 535

FIRMA FACSIMILAR. EN LAS CEDULAS DE LIQUIDACION IMPUGNADAS NO INVALIDA EL ACTO SI LAS ORIGINALES O COPIAS AL CARBON CONTIENEN FIRMA AUTOGRAFA DE QUIEN LAS EMITIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 535

Precedentes

Amparo directo 112/90. Textiles Hac For, S. A. de C. V. 18 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos. Amparo directo 327/89. Margarita Lozano Pérez. 7 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos. (Octava Epoca, Tomo IV, Segunda Parte-1, página 260).
Registro digital (IUS): 225060