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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225163
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 591

ORDEN DE APREHENSION LIBRADA RESPECTO DE DOS DELITOS, UNO SANCIONADO CON PENA CORPORAL Y OTRO CON PENA ALTERNATIVA. ES ILEGAL EN LO QUE CONCIERNE AL SEGUNDO. (ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 591

Precedentes

Amparo en revisión 309/88. Magdaleno Vázquez Ramos y otros. 30 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera. Nota: Esta tesis se relaciona con la jurisprudencia número 89, visible a fojas 138 de la Novena Parte del último Apéndice al Semanario Judicial de la Federación bajo el RUBRO: "Orden de Aprehensión tratándose de Pena Alternativa".
Registro digital (IUS): 225163