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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225192
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 611

PRIVACION ILEGAL DE GARANTIAS, DELITO DE. EL CONFLICTO ENTRE LOS PADRES POR LA POSESION DE LOS HIJOS, NO LO CONFIGURA. (PRECEPTO DEL CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE NUEVO LEON DE 1981, ABROGADO POR EL VIGENTE DE 12 DE FEBRERO DE 1990).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 611

Precedentes

Amparo en revisión 47/90. Miguel Angel Camacho Peña. 23 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno.
Registro digital (IUS): 225192