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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225242
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 640

REPARACION DEL DAÑO, LA INEXISTENCIA DE UN COADYUVANTE DEL MINISTERIO PUBLICO NO EXONERA AL SENTENCIADO DEL CONCEPTO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 640

Precedentes

Amparo directo 85/90. Flavio Mata Rodríguez. 10 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente Ramiro Barajas Plasencia. Secretario Jesús María Flores Cárdenas.
Registro digital (IUS): 225242