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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225280
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 659
SEGURO SOCIAL. CUOTAS OBRERO-PATRONALES, EL REQUERIMIENTO DE PAGO DE, NO CAUSA AGRAVIO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 659
El requerimiento de pago de las cuotas obrero- patronales no reviste un carácter definitivo, porque tal acto no constituye un agravio personal y directo en perjuicio del quejoso, pues en caso de que no cumpliera con hacer el pago que se indica, se generaría la imposición de una multa y contra ella podría interponer el recurso de inconformidad y rebatir, en consecuencia, tanto los datos en que se sustentara la misma, como los vicios formales y de fondo de que adoleciera.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 71/90. Tribasa Construcciones, S.A. 22 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Secretario: José Luis Flores González.