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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225288
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 665

SEGURO SOCIAL, NEGATIVA FICTA IMPUTABLE AL INSTITUTO MEXICANO DEL. NO ES IMPUGNABLE MEDIANTE RECURSO DE INCONFORMIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 665

Precedentes

Amparo directo 24/89. Hilaturas y Fantasía San Marcos, S.A. de C.V. 29 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: Moisés de Jesús Cuevas Palacios. Amparo directo 23/89. Tac-San Marcos, S.A. de C.V. 8 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Plácido R. Anguiano Altamira.
Registro digital (IUS): 225288