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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225345
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 34
ACCION CONFESORIA. PARA SU PROCEDENCIA SE REQUIERE TENER EL CARACTER DE PROPIETARIO O POSEEDOR.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 34
Para la procedencia de la acción confesoria se requiere tener el carácter de propietario o poseedor de una finca o heredad que se encuentre enclavada entre otras ajenas, y en el caso, el actor dijo que era propietario y con ese carácter intentó su acción, por consecuencia, sí era necesario que la responsable abordara el estudio acerca de si el actor era o no propietario del predio dominante.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1190/89. Rafael Ordóñez Velázquez. 5 de Abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Secretario: Jorge Quezada Mendoza.