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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 38
ACTA ADMINISTRATIVA, CONFESION CONTENIDA EN. VALOR PROBATORIO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 38
El acta administrativa practicada por el patrón a fin de investigar la conducta de un trabajador, que contiene aceptación por parte de éste de la conducta que se le atribuye y que dio origen a la rescisión de la relación laboral, aportada por el patrón al juicio laboral como medio de convicción, prueba plenamente en contra del trabajador, no obstante que éste la haya objetado en contenido y firma, si no justificó su objeción.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 75/90. Instituto Mexicano del Seguro Social. 14 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Fortino Valencia Sandoval. Secretario: René Díaz Nárez.