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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 69
AMPARO. TERMINO PARA SU INTERPOSICION CUANDO EXISTEN ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 69
El recurrente, actor en el juicio natural, no puede decirse ignorante de una circunstancia de la que se le informó a través de la contrademanda; ocurso que necesariamente leyó. Sin que pueda argumentarse en contrario que tal situación sólo constituya una presunción, pues se trata de una prueba documental que obra en autos, y de la que se desprende un hecho evidente, como lo es, en efecto, la aseveración del tercero perjudicado en el sentido de que dijo al amparista que con antelación lo había demandado; afirmación que, además, tampoco puede considerarse dogmática ni generalizada, porque incluso se cita el número de expediente y el juzgado ante quien dicho tercero demandó. De manera que está probado, en forma evidente, que desde la fecha en que el quejoso tuvo conocimiento de la existencia del acto reclamado, veintisiete de enero de mil novecientos ochenta y ocho, al tres de mayo de mil novecientos ochenta y nueve en que presentó su demanda de garantías, ya había transcurrido en exceso el término de quince días que establece la ley para tal prestación.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 16/90. Javier González Velázquez. 28 de febrero de 1990. Mayoría de votos de los magistrados María de los Angeles E. Chavira Martínez y Jorge Figueroa Cacho, contra el del magistrado Carlos Hidalgo Riestra. Ponente: María de los Angeles E. Chavira Martínez. Secretaria: Martha Muro Arellano.