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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225434
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 73

APELACION, ES IMPUGNABLE EN AMPARO DIRECTO EL ACUERDO QUE LA DESECHA EN MATERIA MERCANTIL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 73

Precedentes

Amparo en revisión 96/90. Enrique Espinosa López. 5 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano. Amparo en revisión 79/90. Enrique Espinosa López. 15 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Guillermo Salazar Trejo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, tesis 184, página 323.
Registro digital (IUS): 225434