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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 141
CONDICIONES DE TRABAJO, PRUEBA DE SU CAMBIO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 141
Si la actora reclama que le fueron cambiadas las condiciones de trabajo porque al regresar de una licencia de maternidad el patrón le ofreció un puesto distinto al que venía desempeñando, y éste último al contestar la demanda aduce que tal ofrecimiento obedeció a las necesidades del servicio, debe concluirse que admitió el cambio aludido, y como consecuencia la accionante se encuentra relevada de acreditar tal hecho durante el procedimiento.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 6516/89. Banco Nacional de México, S.N.C. 18 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira.