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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225634
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 180

DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y EXCEPCION DE PRESCRIPCION. NO SON DEFENSAS CONTRADICTORIAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 180

Precedentes

Amparo directo 21/90. Lorenzo Guzmán García. 27 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretario: Jorge Ojeda Velázquez.
Registro digital (IUS): 225634