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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 182
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. ES DE BUENA FE AUN CUANDO SE OMITA MENCIONAR EL DESCANSO DE MEDIA HORA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 182
Es de buena fe el ofrecimiento del trabajo aun cuando se omita señalar respecto de la duración de la jornada, que se dispone de la media hora que establece como mínimo para ingerir alimentos el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo, siempre que dicha jornada no rebase la máxima legal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 8881/90. Gilberto Julián Arias Sánchez. 18 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Miguel Angel Bremermann Macías.