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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225653
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 191

DOCUMENTO BASE DE LA ACCION. DEBE TRAER APAREJADA EJECUCION AL MOMENTO DE SU PRESENTACION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 191

Precedentes

Amparo directo 106/90. Eduardo Ochoa Mendoza. 3 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Federico de Velasco Romo. Secretaria: Rita Armida Reyes Herrera.
Registro digital (IUS): 225653