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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 225722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 228
GIROS MERCANTILES REGLAMENTADOS. LA PRUEBA TESTIMONIAL NO ES IDONEA PARA DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 228
Siendo la licencia o permiso para el funcionamiento de giros mercantiles reglamentados, un acto de autoridad que debe constar en documento público, el testimonio de terceros para demostrar su existencia, carece de valor probatorio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214, fracción I, del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 177/89. Adán Tovar Tovar y coagraviados. 30 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Trinidad Jiménez Romo. Secretaria: Verónica Roa Hernández.