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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225786
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 273

JURISPRUDENCIA, TESIS DE. CONTRADICCION ENTRE LAS SUSTENTADAS POR DOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO DE LA MISMA ESPECIALIDAD. SU OBLIGATORIEDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 273

Precedentes

Amparo directo 403/90. Derivados de Gasa, S.A. de C.V. 16 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Alberto Pérez Dayán.
Registro digital (IUS): 225786