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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225828
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 297

MULTAS EN MATERIA AGRARIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 297

Precedentes

Queja 45/89. Director General del Registro Agrario Nacional. 27 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Pablo Rabanal Arroyo. Queja 13/90. Director General del Registro Agrario Nacional. 27 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Pablo Rabanal Arroyo. Queja 32/89. Secretaría de la Reforma Agraria. 23 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Caballero Cárdenas. Secretario: Eduardo N. Santoyo Martínez.
Registro digital (IUS): 225828