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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225863
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 320

OFRECIMIENTO DEL TRABAJO, ES DE BUENA FE EL QUE SE PROPONE EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES EN QUE SE VENIA DESEMPEÑANDO, SI SE HACE DENTRO DE LA JORNADA LEGAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 320

Precedentes

Amparo directo 7356/89. Agustín Nolasco Rodríguez. 9 de enero de 1990. Mayoría de votos de: Carolina Pichardo Blake y J. Refugio Gallegos Baeza. Disidente: María del Rosario Mota Cienfuegos, (ponente). Engrosó: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Félix Arnulfo Flores Rocha.
Registro digital (IUS): 225863