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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225871
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 325

ORDEN DE VISITA. PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA ACTOS DE EJECUCION DE LA MISMA. DEBE INTERRUMPIRSE LA JURISPRUDENCIA 337 DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE, PUBLICADA EN EL APENDICE 1917-1985.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 325

Precedentes

Amparo en revisión 2232/89. Arturo Coda García. 6 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Salvador Flores Carmona.
Registro digital (IUS): 225871