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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225897
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 339

PERSONAS MORALES, PERSONALIDAD DELEGADA SIN FACULTADES PARA COMPARECER EN SU REPRESENTACION. SU RECONOCIMIENTO POR LA JUNTA ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 339

Precedentes

Amparo en revisión 1141/89. Alfredo García Guisland. 18 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Gilberto León Hernández.
Registro digital (IUS): 225897