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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
225962
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 373

PRUEBA PERICIAL MEDICA, EFICACIA DEL APERCIBIMIENTO DE DESERCION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 373

Precedentes

Amparo directo 1256/90. Nicolás Cristino Altamirano. 27 de marzo de 1990. Mayoría de votos: Carolina Pichardo Blake y María del Rosario Mota Cienfuegos. Disidente: J. Refugio Gallegos Baeza, quien sostuvo su proyecto. Se encargó el engrose a la magistrada Pichardo Blake. Secretario: Víctor Ruiz Contreras.
Registro digital (IUS): 225962