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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226009
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 399

QUEJA. CASO EN EL QUE ES IMPROCEDENTE EL RECURSO, CUANDO SE COMBATE EL MONTO DE LA GARANTIA FIJADA PARA LA SUSPENSION PROVISIONAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 399

Precedentes

Queja 30/89. Antonio Valenzuela Anaya. 31 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Víctor Hugo Mendoza Sánchez. Véase: Séptima Epoca, Volúmenes 157-162, Sexta Parte, página 166.
Registro digital (IUS): 226009