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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226060
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 428

REPARACION DEL DAÑO, MONTO DE LA. DEBE TOMARSE EN CUENTA EL SALARIO VIGENTE EN LA EPOCA Y LUGAR EN QUE SE EJECUTO EL DELITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 428

Precedentes

Amparo directo 50/90. José Francisco Flores Mora. 14 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Castillo Morales. Secretario: José Gutiérrez Verduzco.
Registro digital (IUS): 226060