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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226115
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 458

SALARIOS. INCIDENTE DE LIQUIDACION EN RELACION A LOS AUMENTOS QUE SE GENEREN DURANTE EL JUICIO. CARGA DE LA PRUEBA RESPECTO DE SU MONTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 458

Precedentes

Amparo en revisión 103/90. Teléfonos de México, S.A. de C.V. 14 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Arturo Mercado López. Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 84, diciembre de 1994, página 26, tesis por contradicción 4a./J. 50/94, con el rubro: "SALARIOS. CARGA DE LA PRUEBA, CUANDO SE DISCUTE SU MONTO EN EL INCIDENTE DE LIQUIDACION."
Registro digital (IUS): 226115