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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 460
SALUD, CONFIGURACION DEL DELITO CONTRA LA, EN SU MODALIDAD DE SIEMBRA DE MARIHUANA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 460
Si el acusado confesó que "sembró" un plantío de marihuana, y ese reconocimiento de responsabilidad se haya corroborado con otros elementos de convicción, eso es bastante para la configuración del cuerpo del delito contra la salud en la modalidad de siembra de marihuana, previsto y sancionado por el artículo 197, fracción I, del Código Penal Federal, con independencia de que el acusado no hubiese mencionado que realizara las labores agrícolas concernientes a la preparación del terreno, como aflojar la tierra, dado que las mismas se entienden implícitas lógicamente en el término "sembrar"; y con independencia también de que el acusado sea o no propietario de ese terreno, puesto que ese carácter no es elemento constitutivo del tipo penal, según se infiere del indicado precepto legal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 392/89. Mario Vázquez García. 9 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Federico Gutiérrez de Velasco Romo. Secretario: Antonio Rico Sánchez.