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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226175
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 492

SUSPENSION, DETERMINACION DEL MONTO DE LA GARANTIA EN EL INCIDENTE DE, CUANDO EL ACTO RECLAMADO SE RELACIONA CON LA DECLARACION DE INEXISTENCIA DE UNA HUELGA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 492

Precedentes

Incidente en revisión 423/90. Plásticos Automotrices Dina, S. A. de C. V. 6 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.
Registro digital (IUS): 226175