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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226215
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 511

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. LA FALTA DE NOMBRAMIENTO Y LA NO INCLUSION EN LAS LISTAS DE RAYA, NO DETERMINA LA INEXISTENCIA DE RELACION DE TRABAJO, TRATANDOSE DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 511

Precedentes

Amparo directo 3543/90. Víctor Hiram Morales Otero y otros. 23 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 96/95 resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 76/98, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 568, con el rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SI DEMUESTRAN QUE HAN VENIDO PRESTANDO SERVICIOS A LA DEPENDENCIA ESTATAL POR DESIGNACION VERBAL DEL TITULAR, TIENEN ACCION PARA DEMANDAR LA EXPEDICION DEL NOMBRAMIENTO O SU INCLUSION EN LAS LISTAS DE RAYA Y, EN SU CASO, TODAS LAS DEMAS ACCIONES CONSECUENTES."
Registro digital (IUS): 226215