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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 515
TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, IMPUGNACION DEL AVALUO PARA PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL ANTE EL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 515
Cuando una autoridad del Departamento del Distrito Federal emite oficio en el que ordena la práctica de un avalúo sobre un bien inmueble, en el que se señala que es "para los efectos del pago del impuesto predial", y se fija por sus peritos valuadores un nuevo monto al valor catastral, debe decirse que tanto el oficio como el avalúo mismo, forman parte de un procedimiento a través del cual se establece otro valor catastral, el cual servirá de base para determinar el impuesto predial al contribuyente; en consecuencia, tal procedimiento sí causa perjuicio, por lo que se está en la hipótesis prevista en el artículo 21 fracción II, de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, sin que proceda el sobreseimiento en el juicio que en su contra se interponga.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión 25/88. Sociedad Varham, S.A. de C.V. 6 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretario: Manuel de J. Rosales Suárez. (Octava Epoca, Tomo III, enero-junio de 1989, Segunda Parte-2, página 848.)
Sostiene la misma tesis:
Revisión 125/89. El Palacio de Hierro, S.A. de C.V. 9 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretaria: Rocío Ruiz Rodríguez.