Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/226222
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226222
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 515

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, IMPUGNACION DEL AVALUO PARA PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL ANTE EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 515

Precedentes

Revisión 25/88. Sociedad Varham, S.A. de C.V. 6 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretario: Manuel de J. Rosales Suárez. (Octava Epoca, Tomo III, enero-junio de 1989, Segunda Parte-2, página 848.) Sostiene la misma tesis: Revisión 125/89. El Palacio de Hierro, S.A. de C.V. 9 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretaria: Rocío Ruiz Rodríguez.
Registro digital (IUS): 226222