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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226249
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 532
VISITAS DOMICILIARIAS. LA REVISION DE PERIODOS NO COMPRENDIDOS EN LA ORDEN, AFECTA LA LEGALIDAD DE LA LIQUIDACION DE CUOTAS OBRERO PATRONALES, SI ESTA SE BASO EN DICHOS PERIODOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 532
Si la motivación de una liquidación de cuotas obrero patronales se apoya en la visita de auditoría que abarcó un período no comprendido en la orden de visita, tal liquidación resulta ilegal, si ésta se basa en la parte del acta de auditoría que no se ajustó a los términos precisados en tal orden.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 202/90. Consejeros de Viajes México, S.A. (Recurre el titular de la jefatura de servicios legales del I.M.S.S.). 27 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Marcos García José.