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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226257
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 541

ACTUACIONES DEL MINISTERIO PUBLICO, CIRCUNSTANCIA QUE NO PRODUCE LA NULIDAD DE LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 541

Precedentes

Amparo en revisión 102/89. Primer Secretario del Juzgado Primero de lo Criminal del Primer Partido Judicial de este Estado, encargado del despacho por ministerio de ley. 29 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales.
Registro digital (IUS): 226257