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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226288
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 562

DEMANDA DE AMPARO, DESECHAMIENTO INDEBIDO DE LA. CUANDO DIVERSOS QUEJOSOS EN LA MISMA DEMANDA RECLAMAN ACTOS DISTINTOS A LAS MISMAS AUTORIDADES, PERO QUE GUARDAN INTIMA RELACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 562

Precedentes

Improcedencia 20/89. Armando Jaquez Molinar y Armando Jaquez García. 7 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Augusto Benito Hernández Torres. Secretario: José Sierra Vega.
Registro digital (IUS): 226288