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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226310
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 577
FALTA DE PROBIDAD DEL PATRON, PARA SER CAUSAL DE RESCISION DEBE, SER INVOCADA EN LA DEMANDA POR EL TRABAJADOR.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 577
El cambio de horario de labores sin consentimiento del trabajador constituye falta de probidad por parte del patrón, pero para ser causa generadora de la rescisión de la relación laboral, debe ser invocada en la demanda por el trabajador.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 164/89. Hermelindo Flores Tovar. 22 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Homero Ruiz Velázquez. Secretario: Jorge Farrera Villalobos.