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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226314
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 578

FRAUDE PROCESAL, DELITO DE. TIENE LA MISMA NATURALEZA JURIDICA QUE EL CONTEMPLADO EN LA FRACCION X DEL ARTICULO 376 DEL CODIGO DE DEFENSA SOCIAL YA ABROGADO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 578

Precedentes

Amparo directo 256/89. Juan Manuel Lozoya Uribe y otros. 17 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretaria: Sara Olivia González Corral.
Registro digital (IUS): 226314