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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226315
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 578
FRAUDE, COPARTICIPACION EN EL DELITO DE, COMETIDO CON TARJETAS DE CREDITO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 578
Debe considerarse como coautor del delito a quien se apoderó de una tarjeta de crédito y la entregó al acusado por el delito de fraude, si éste se cometió precisamente con dicha tarjeta, pues la conducta de aquél hizo causa común con la de éste.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 162/89. Juez Décimo Segundo de lo Criminal. 13 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Manuel Arballo Flores.