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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226319
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 583

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO, CONTRA ACTOS DE SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CIVIL, CUANDO AUTORIZAN RESOLUCIONES Y AUTOS ( LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 583

Precedentes

Amparo directo 686/89. Martín Berenguel Brachini. 15 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretario : Carlos Manuel Bautista Soto.
Registro digital (IUS): 226319