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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 624
REIVINDICACION. BASTA EL TITULO DEL ACTOR PARA DEMOSTRAR SUS DERECHOS SI LOS DEMANDADOS NO POSEEN NINGUNO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 624
Si el reivindicante tiene título de propiedad y los demandados no poseen ninguno, es suficiente para tener por demostrado el derecho del actor, siempre que dicho título sea anterior a la posesión de los demandados.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 96/89. Adán Jiménez Velázquez y otros. 8 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Marcos Arturo Nazar Sevilla. Secretario: José Emigdio Díaz López.