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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.T. J/15 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226466
Clave de tesis
I.5o.T. J/15
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 693

LITIS. FIJACION DE LA.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 693

Precedentes

Amparo directo 11465/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 30 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González. Amparo directo 10895/88. Compañía Hulera Euzkadi, S. A. 13 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González. Amparo en revisión 1865/88. Juan Arroyo Guzmán y otros. 13 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González. Amparo directo 1395/89. Abdón Cruz Vázquez. 11 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González. Amparo directo 6915/89. Pedro Galván Santillán. 26 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González. Nota: La Cuarta Sala estableció criterio al respecto en la tesis número 30/93, publicada en la Gaceta número 69, del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, página 17.
Registro digital (IUS): 226466