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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.C. J/4JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226533
Clave de tesis
I.5o.C. J/4
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 22-24, Octubre-Diciembre de 1989; Pág. 157

ARRENDAMIENTO. REVOCACION DE AUTOS EN JUICIOS UNIINSTANCIALES.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 22-24, Octubre-Diciembre de 1989; Pág. 157

Precedentes

Amparo directo 1745/88. Enrique Hernández Muñoz. 16 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Islas Domínguez. Secretario: Roberto A. Navarro Suárez. Amparo directo 3005/88. Amado Godínez Ramírez. 13 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Islas Domínguez. Secretario: Roberto A. Navarro Suárez. Amparo directo 3535/88. Luis Gerardo León Madrigal. 24 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Islas Domínguez. Secretario: Roberto A. Navarro Suárez. Amparo directo 3540/88. María Esther Inclán Hernández. 30 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Islas Domínguez. Secretario: Raúl Alberto Pérez Castillo. Amparo directo 1130/89. Thelma Rivera Ramírez y otra. 13 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Islas Domínguez. Secretario: Mario Pedroza Carbajal.
Registro digital (IUS): 226533