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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 2o. T. J/2. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226536
- Clave de tesis
- I. 2o. T. J/2.
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 22-24, Octubre-Diciembre de 1989; Pág. 169
PRUEBA TESTIMONIAL. FALTA DE IDENTIFICACION DE LOS TESTIGOS EN EL MOMENTO DE LA AUDIENCIA, NO AUTORIZA A DECLARARLA DESIERTA.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 22-24, Octubre-Diciembre de 1989; Pág. 169
Al tener por desierta la prueba testimonial que ofreció el actor por no identificarse los testigos en la audiencia en que iban a declarar, la resolutora dejó de atender lo dispuesto en la fracción II de artículo 815 de la Ley Federal del Trabajo, que prevé: "El testigo deberá identificarse ante la Junta cuando así lo pidan las partes y si no puede hacerlo en el momento de la audiencia, la Junta le concederá tres días para ello". Conviene agregar que la deserción decretada no podía válidamente fundamentarse en el apercibimiento contenido en el acuerdo que proveyó sobre su desahogo, en atención a que ese apercibimiento carece de todo apoyo legal, supuesto que el procedimiento a seguir es el señalado en el dispositivo arriba invocado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2006/85. Sabino Gutiérrez Hernández. 23 de mayo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno.
Amparo directo 1076/86. Benigno Zeferino Robles. 3 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Pedro Pérez Popomeya.
Amparo directo 762/85. Isidro Vázquez García. 10 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretaria: Guadalupe Madrigal Bueno.
Amparo directo 5677/87. Alejandro González Méndez. 6 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno.
Amparo directo 382/89. Donato Zenteno Briones. 7 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno.