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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226631
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 60

AGRAVIOS. EXAMEN QUE DE ELLOS DEBE HACER LA RESPONSABLE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 60

Precedentes

Amparo directo 368/89. Transmor de México, S.A. 8 de septiembre de 1989. Mayoría de votos de los Magistrados Enrique Pérez González y José Caballero Cárdenas. Ponente: Enrique Pérez González. Secretaria: Laura Rojas Vargas. Reitera el criterio sustentado en la jurisprudencia número 27/85. Cuarta Parte.
Registro digital (IUS): 226631