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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226688
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 87
APELACION, RECURSO DE. PROCEDE SU DESECHAMIENTO CUANDO NO TIENE FIRMA AUTOGRAFA EL ESCRITO DE AGRAVIOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 87
Si el tribunal de segunda instancia desechó el recurso de apelación planteado ante él porque el escrito de expresión de agravios no contiene firma autógrafa, tal determinación es legal, pues para que ese instrumento tenga validez y por ende, surta efectos, invariablemente debe estar autorizado con la firma de quien se ostente como responsable de su contenido.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 424/89. Beatriz Sota viuda de Urquillas. 12 de julio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco.