Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/226741
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226741
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 116
ASALTO, CONFIGURACION DEL. CUANDO SE COMETE EN EL INTERIOR DE UN AUTOBUS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 116
Se configura el delito de asalto cuando se ejerce violencia sobre las personas que viajan en un autobús de pasajeros a altas horas de la noche y en carretera poco transitada, ya que todos los pasajeros en su conjunto deben considerarse sujetos pasivos del delito, en tanto no están en condiciones de ser auxiliados por otros que no se encontraran sometidos a las amenazas y violencia de que aquéllos fueron objeto.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 289/89. Austreberto Juan Ramos. 22 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Federico Gutiérrez de Velasco Romo. Secretaria: Rita Armida Reyes Herrera.