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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226744
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 117

ATAQUE A LAS VIAS DE COMUNICACION, INTEGRACION DEL DELITO. VALIDEZ DE LA BOLETA DE INFRACCION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 117

Precedentes

Amparo directo 599/89. Miguel Alfonso Velázquez Urióstegui, 29 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix. Secretaria: María Helen Robles Utrilla.
Registro digital (IUS): 226744