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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226754
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 124

AUTO DE FORMAL PRISION, NO ES MATERIA DEL. DETERMINAR EL GRADO DE RESPONSABILIDAD DEL INCULPADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 124

Precedentes

Amparo en revisión 161/89. David Osuna Cabanillas. 25 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eliseo Gustavo Araujo Arriaga. Secretaria: María Raquel Lomelí Tisnado.
Registro digital (IUS): 226754