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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226768
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 130

AZUCAR, PRIMA DE ANTIGÜEDAD TRATANDOSE DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 130

Precedentes

Amparo directo 4422/89. Oliverio Cabanillas Medina y otros. 30 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Bonilla Solís. Secretario: Mario Augusto Herrera Hernández. Amparo directo 8822/88. Ingenio Rosales, S. A. 14 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Bonilla Solís. Secretario: Mario Augusto Herrera Hernández. Octava Epoca: Tomo II, Segunda Parte-1, página 146.
Registro digital (IUS): 226768